La Secretaría Comunal de Planificación deberá cumplir además con las siguientes funciones generales:
a) Asesorar al Alcade en la elaboración de los proyectos del Plan Comunal de Desarrollo y del Presupuesto Municipal.
b) Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos y del presupuesto Municipal e informar sobre las materias al concejo semestralmente.
c) Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de las situaciones de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos de infraestructura territoriales.
d) Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo.
e) Recopilar y mantener la información actualizada de la comuna y la región, que sea atingente a sus funciones.
f) Evaluar los planes, progrmas y proyectos municipales considerando la igualdad de oportunidades entre las personas e instituciones, como criterio de evaluación.
g) Proporcionar a las instituciones del Estado, la información que aquella solicite a la municipalidad de conformidad a la Ley.
h) Elaborar toda la información necesaria para la confección del Plan de Desarrollo Comunal, los programas y proyectos municipales.
i) Diseñar, implementar y mantener al día una base de datos de contratistas, consultores y profesionales para las diferentes áreas de invesión. |